Naciones Unidas

Esferas temáticas de trabajo en el ámbito de la reforma penitenciaria y las alternativas al encarcelamiento

La asistencia técnica de la ONUDD en el ámbito de la reforma penitenciaria abarca las siguientes esferas temáticas:

  • detención preventiva;
  • gestión penitenciaria;
  • medidas y sanciones alternativas;
  • reintegración social.
    • Un tema transversal relevante para todas las intervenciones relacionadas con las prisiones es la atención sanitaria, incluyendo específicamente la prevención, gestión y tratamiento del VIH/SIDA y la drogodependencia. Leer más….

      Detención preventiva

      Hay tres cuestiones principales que deben tenerse en cuenta en el contexto de la detención preventiva: en primer lugar, la detención preventiva se utiliza en exceso en la mayoría de los países del mundo y en muchos países en desarrollo el tamaño de la población de presos preventivos es mayor que el de la población de presos condenados. Esta situación contradice las disposiciones de las normas internacionales, incluido el PIDCP, que prevén el uso limitado de la prisión preventiva, sólo cuando se dan ciertas condiciones. En segundo lugar, la prisión preventiva es el período más expuesto a los abusos en el proceso de justicia penal. Reconociendo la especial vulnerabilidad de los detenidos en prisión preventiva, los instrumentos internacionales de derechos humanos prevén un gran número de salvaguardias muy específicas para garantizar que no se abuse de los derechos de los detenidos, que no sean maltratados y que no se obstaculice su acceso a la justicia. En tercer lugar, aunque los presos preventivos deben ser considerados inocentes hasta que sean declarados culpables por un tribunal, y ser tratados como tales, las condiciones de la prisión preventiva son a menudo mucho peores que las de las cárceles para los presos condenados. Además, la falta de recursos para las prisiones en muchos países de bajos ingresos significa que las personas detenidas no tienen acceso a asesoramiento y asistencia legal, con el resultado de que pueden permanecer más tiempo en prisión preventiva, y/o no recibir un juicio justo, lo que aumenta aún más la congestión de las prisiones. Por lo tanto, la mejora del acceso a la justicia, el apoyo a los programas de asistencia jurídica y paralegal, la mejora de la gestión de la información y la cooperación entre los tribunales y las prisiones, para acelerar la tramitación de los casos, así como la asistencia en el desarrollo de las salvaguardias para los detenidos en prisión preventiva, como los mecanismos de supervisión e inspección independientes, constituyen elementos importantes de la labor de la ONUDD en el ámbito de la reforma penal.

      Gestión penitenciaria

      Para que un sistema penitenciario se gestione de forma justa y humana, la legislación, las políticas y las prácticas nacionales deben guiarse por las normas internacionales desarrolladas para proteger los derechos humanos de los reclusos. Las autoridades penitenciarias tienen la responsabilidad de garantizar que la supervisión y el tratamiento de los reclusos se ajusten al estado de derecho, con respeto a los derechos humanos de las personas, y que el período de encarcelamiento se utilice para preparar a los individuos para la vida fuera de la cárcel tras su liberación. Pero a menudo la legislación y las normas nacionales relativas a la gestión de las prisiones están anticuadas y necesitan una reforma. En muchos países, el departamento de prisiones está bajo la autoridad de instituciones policiales o militares y los directores y el personal no han recibido ninguna formación específica en materia de gestión de prisiones. La moral del personal suele ser baja y se carece de un liderazgo eficaz que impulse la reforma penitenciaria. Los sistemas de recopilación y gestión de la información son también muy inadecuados (o inexistentes) en muchos sistemas penitenciarios de todo el mundo, lo que dificulta el desarrollo de políticas y estrategias sólidas basadas en datos fiables y reales. La ONUDD puede prestar mucha ayuda en la reforma de la legislación nacional, desarrollando programas de formación para que los directores de prisiones mejoren su función de liderazgo y el personal aplique las normas y estándares internacionales en su práctica diaria, y contribuyendo al desarrollo de la capacidad institucional de las administraciones penitenciarias.

      Medidas alternativas y sanciones

      El hacinamiento es una preocupación clave en casi todos los sistemas penitenciarios del mundo, mientras que las políticas penales punitivas, así como la escasez de servicios de protección social en la comunidad, siguen contribuyendo al rápido crecimiento de la población penitenciaria en muchos países. Como se ha mencionado anteriormente, el hacinamiento es la causa principal de muchas violaciones de los derechos humanos en las prisiones. Es necesario explorar y aplicar soluciones al hacinamiento en casi todos los países en los que opera la ONUDD.

      Aunque el hacinamiento puede disminuirse temporalmente mediante la construcción de nuevas prisiones, la práctica demuestra que tratar de superar los efectos nocivos del hacinamiento en las prisiones mediante la construcción de nuevas prisiones no proporciona una solución sostenible. Además, la construcción de nuevas prisiones y su mantenimiento son costosos, lo que ejerce presión sobre valiosos recursos. En su lugar, numerosos instrumentos internacionales recomiendan una racionalización en la política de sentencias, incluyendo el uso más amplio de alternativas a la prisión, con el objetivo de reducir el número de personas aisladas de la sociedad durante largos períodos.

      El uso de sanciones y medidas no privativas de libertad también refleja un cambio fundamental en el enfoque de la delincuencia, los delincuentes y su lugar en la sociedad, cambiando el enfoque de las medidas penitenciarias desde el castigo y el aislamiento, a la justicia restaurativa y la reintegración. Cuando va acompañada de un apoyo adecuado a los delincuentes, ayuda a algunos de los miembros más vulnerables de la sociedad a llevar una vida sin tener que recaer en patrones de comportamiento delictivo. Así, la aplicación de las sanciones penales dentro de la comunidad, en lugar de mediante un proceso de aislamiento de la misma, ofrece a largo plazo una mejor protección para la sociedad. Apoyar la introducción y aplicación de sanciones y medidas no privativas de libertad es, por lo tanto, un elemento clave de la labor de la ONUDD en el ámbito de la reforma penitenciaria.

      Reintegración social

      Uno de los principales objetivos de las Naciones Unidas en el ámbito de la reforma penitenciaria es contribuir al éxito de la reintegración de los reclusos en la sociedad tras su liberación. Las iniciativas de reinserción social deben comenzar lo antes posible dentro del proceso de justicia penal para que tengan el máximo efecto. Esto significa que la derivación del proceso de justicia penal (especialmente de los grupos vulnerables) a programas de tratamiento adecuados, las sanciones no privativas de libertad, en lugar del aislamiento de la sociedad y las actividades y programas con fines específicos en las prisiones, pueden considerarse elementos de una política global de «reinserción social». Las intervenciones de apoyo a los ex reclusos tras su salida de la cárcel y la atención continuada en la comunidad para quienes la necesiten serán más eficaces si se aprovecha el periodo en prisión para preparar al recluso para su reincorporación a la sociedad. Esta política requiere una estrecha coordinación entre las instituciones de justicia penal y los servicios de protección social y de salud en la comunidad y los servicios de libertad condicional, cuando existan. La ONUDD puede ofrecer apoyo y asesoramiento clave en este ámbito, incluido el apoyo al desarrollo de programas de reinserción social en las prisiones y en la asistencia a la planificación y aplicación de la atención y el apoyo continuos en la comunidad.

      Atención sanitaria

      La equivalencia de la atención sanitaria y el derecho a la salud es un principio que se aplica a todos los reclusos, que tienen derecho a recibir la misma calidad de atención médica que está disponible en la comunidad. Sin embargo, este derecho rara vez se cumple en las prisiones, donde los servicios sanitarios suelen ser extremadamente inadecuados. Los servicios sanitarios de las prisiones están casi siempre gravemente infradotados y faltos de personal, y a veces son inexistentes. La mayoría de las veces, bajo la responsabilidad de la autoridad encargada de la administración penitenciaria, los servicios sanitarios de las prisiones trabajan completamente aislados de las autoridades sanitarias nacionales, incluidos los programas nacionales de VIH y tuberculosis. El derecho a la salud incluye no sólo el acceso a la atención sanitaria preventiva, curativa, reproductiva, paliativa y de apoyo, sino también el acceso a los determinantes subyacentes de la salud, que incluyen: agua potable y saneamiento adecuado; alimentación segura; nutrición y vivienda adecuadas; servicios sanitarios y dentales seguros; condiciones laborales y medioambientales saludables; educación e información relacionadas con la salud e igualdad de género.

      La asistencia técnica prestada por la ONUDD en este ámbito se basa en la premisa de que la reforma penal y la salud en las prisiones están interrelacionadas, y que es necesario adoptar una estrategia integrada para hacer frente al enorme desafío del VIH/SIDA y otras enfermedades transmisibles, como la tuberculosis, en los centros penitenciarios. La mejora de la gestión y las condiciones de las prisiones es fundamental para desarrollar una estrategia sanitaria sostenible en los centros penitenciarios. Además, la salud en las prisiones es una parte integral de la salud pública, y la mejora de la salud en las prisiones es crucial para el éxito de las políticas de salud pública.

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