Oficina del Alguacil del Condado de Alameda

El Centro de Detención Glenn E. Dyer
550 6th Street
Oakland, CA 94607
(510) 268-7777

Información de Fianza, Arresto y Liberación
Los cargos, el estado de la custodia, las fechas de la corte, los montos de la fianza, las fechas de liberación y otra información del recluso se pueden obtener las 24 horas del día, los siete días de la semana llamando al 510-268-7777. Usted debe tener el nombre del preso, PFN (Número de Archivo de la Persona), o la fecha de nacimiento correcta antes de obtener la información.

  • La fianza puede ser fijada en el vestíbulo del Centro de Detención Glenn E. Dyer 24 horas al día, siete días a la semana.
  • Los presos que se determinan para ser elegibles para la liberación, serán liberados tan pronto como sea posible. Sin embargo, este procedimiento puede tardar hasta varias horas. Se recomienda esperar a recibir una llamada telefónica del recluso liberado antes de acudir a la cárcel.
  • Los reclusos a los que se les conceda la libertad mientras están en el tribunal deben volver a la cárcel para completar todo el papeleo necesario. El recluso recibirá todos sus bienes personales y será liberado de las instalaciones de la cárcel.
  • Los reclusos liberados que sean indigentes, que tengan ropa inadecuada para las condiciones climáticas, que no tengan ropa disponible en el momento de la liberación, o que ya no puedan ponerse su ropa, recibirán la ropa de bienestar adecuada.
  • Los reclusos que no tienen dinero en el momento de la puesta en libertad reciben un pase de autobús gratuito o un billete de B.A.R.T. gratuito. Los reclusos también reciben los horarios de transporte y las indicaciones para llegar a la estación de B.A.R.T. si deciden caminar.
    • En espera de la liberación: Una vez que el personal de la cárcel ha determinado que un recluso puede ser elegible para ser liberado de la custodia, el recluso es identificado como «pendiente de liberación» y se inicia el proceso de liberación. El proceso de liberación es un proceso administrativo de varios pasos que puede tardar varias horas en completarse. Durante este proceso, se realiza una búsqueda en las bases de datos de las fuerzas de seguridad para determinar si el recluso tiene alguna orden de detención o retención pendiente que pueda impedir su puesta en libertad. Si durante este proceso se localiza cualquier otra autoridad de retención legal, el recluso no será liberado de la custodia y dejará de aparecer como «Pendiente de Liberación.»
      Fecha prevista de liberación (EXP): Es la fecha en la que un recluso sentenciado habrá completado el tiempo de cumplimiento de ese caso específico, siempre y cuando no se incurra en sanciones por mala conducta, no haya otros casos sentenciados a tiempo adicional en la cárcel y/o no se localicen otros casos pendientes sin sentencia. Antes de la liberación de un recluso de la custodia, el recluso comenzará el proceso de liberación inicial como se describe anteriormente y el recluso aparecerá como «Pendiente de Liberación.» Los reclusos con casos locales pendientes, órdenes de detención o retenciones de otras jurisdicciones no serán necesariamente liberados en la Exp. Fecha de Liberación.

      Servicios para Reclusos maneja todas las emergencias externas (por favor refiérase a la sección de Servicios para Reclusos). Usted puede comunicarse con la Sección de Servicios para Reclusos al (510) 268-7823, de lunes a viernes, de 7:00 A.M. a 3:00 P.M., excluyendo los días festivos.

      El número de emergencia del Centro de Detención Glenn E. Dyer después de las horas de trabajo: (510) 268-7777

      Procedimientos para el correo

      M A I L I N G A D R E S

      El Centro de Detención Glenn E. Dyer Detention Facility

      550 6th Street

      Oakland, CA 94607

      • El correo se distribuirá diariamente (de lunes a viernes, excluyendo fines de semana y días festivos). El correo se entregará sólo al destinatario.
      • El correo entrante DEBE tener el nombre del recluso Y el PFN.
      • El correo entrante DEBE tener el nombre y la dirección del remitente en el exterior del sobre.
      • Todo el correo enviado a, o desde, cualquier recluso puede ser abierto e inspeccionado por el personal de la cárcel fuera de la presencia del recluso involucrado (excepto el correo legal).
      • El correo entrante con cualquier peligro biológico percibido (es decir, lápiz de labios, brillo, perfume/colonia, etc.) se devolverá al remitente.
      • Los sobres y cartas que contengan etiquetas de dirección, pegatinas, cinta adhesiva, superficie pegada (tarjetas caseras) se devolverán al remitente.
      • Los artículos que se consideran de contrabando y harán que el correo se devuelva al remitente son los sobres, los sellos y el material de escritura.
      • Los dibujos sexualmente explícitos en el exterior de los sobres de correo harán que las autoridades de U.S. Las autoridades postales devolverán el sobre al remitente.
      • El correo entrante de abogados o funcionarios gubernamentales será abierto por el personal de la cárcel en presencia del recluso implicado.
      • Sólo se puede enviar dinero por medio de un GIRO POSTAL o un CHEQUE DE CAJA. Los cheques personales y el dinero en efectivo serán devueltos al remitente (consulte la sección de dinero).
        Materiales de lectura
      • Se permite recibir libros y revistas nuevos (límite de seis (6) por día) a través del correo (NO SE PERMITE EL ENVÍO DE LIBROS DUROS) – SIEMPRE QUE ESTOS ARTÍCULOS SE ENVIENAN DIRECTAMENTE DEL EDITOR O DE UNA LIBRERÍA «ON LINE», como Amazon.com y Barnes and Noble.com, etc. La librería «on line» debe tener un sitio web legítimo que sea verificable y que permita a los consumidores hacer sus pedidos directamente. No se acepta ningún sitio web que redirija a otro sitio web para realizar el pedido. Los paquetes DEBEN ESTAR ETIQUETADOS PROFESIONALMENTE y ser reconocidos como una librería en línea. Los libros de vendedores privados serán devueltos.
      • Los sobres, revistas y publicaciones periódicas que se envíen a los reclusos no podrán exceder de 8-1/2″ x 14″. Cualquier correo que exceda este tamaño será devuelto al remitente.
      • Las suscripciones a periódicos de los reclusos deben hacerse directamente a la compañía de periódicos por un tercero. La cancelación o el cambio de dirección de las suscripciones debe hacerse directamente a la compañía de periódicos. Los periódicos se distribuirán a través de los canales de correo regulares. Los periódicos del fin de semana y de los días festivos se distribuirán el siguiente día laborable. Los periódicos de los reclusos que ya no estén bajo custodia serán eliminados por el personal de la sala de correo. (Cada unidad de alojamiento recibe seis periódicos diarios del Tribune, pagados por el Fondo de Bienestar de los Reclusos).
        Fotografías
      • Las fotografías no pueden tener un tamaño superior a 4″ x 6″.
      • Se puede enviar a los reclusos un máximo de diez (10) fotografías en un sobre cada vez.
      • No se aceptan fotografías polaroides ni negativos.
      • Las fotografías que estén alteradas o tachadas de cualquier manera serán devueltas al remitente.
      • No se admiten fotografías o imágenes pornográficas, de desnudos, sugerentes, que muestren bandas, tatuajes de bandas o gestos con las manos (signos).
        • Dinero
          La Oficina del Sheriff del Condado de Alameda se enorgullece de los servicios prestados a los reclusos; incluyendo comidas, servicios de biblioteca y programas para reclusos. Además, la Oficina del Alguacil ofrece la oportunidad de que los reclusos compren artículos adicionales como bocadillos, sopas, bebidas, artículos de papelería, artículos de higiene, medicamentos y artículos especiales para mujeres, por nombrar algunos. Todas las ganancias de la venta de estos artículos van directamente al Fondo de Bienestar de los Reclusos. Este fondo se utiliza para apoyar los numerosos programas que se ofrecen a los reclusos, así como los televisores, juegos, suministros recreativos, etc.

          POR FAVOR SIGA EL SIGUIENTE PROCEDIMIENTO:

          • Los depósitos pueden hacerse por correo o en persona. Sólo se aceptará dinero en efectivo o giros postales para los depósitos en las cuentas de los reclusos (NO SE ACEPTAN CHEQUES PERSONALES, DE NÓMINA, DE DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS O DE SEGURIDAD SOCIAL NI MONEDAS). No envíe dinero en efectivo por correo. Si deposita dinero en persona, debe tener la cantidad exacta. NO SE DARÁ CAMBIO. Si ha sido recluso en los últimos seis meses, no puede depositar dinero en la cuenta de otro recluso.
          • Los visitantes deben presentar una identificación válida con fotografía (licencia de conducir, militar, etc.) y tener el PFN del recluso antes de depositar dinero en la cuenta del recluso.
          • Los giros postales deben realizarse de la siguiente manera:
            La Oficina del Alguacil del Condado de Alameda (ACSO)
            c/o Nombre del recluso y PFN
          • HORAS PARA DEPÓSITOS DE DINERO
            Siete días a la semana, 24 horas al día. Aunque puede depositar dinero las 24 horas del día, se recomienda hacerlo en el horario normal del vestíbulo, de 8:00 a 18:30 horas.

            Las liberaciones de bienes
            y las transacciones de intercambio de ropa se aceptarán hasta las 11:00pm en el Centro de Detención Glenn E. Dyer.

            Los formularios de solicitud de liberación de bienes deben ser presentados por el recluso y recibidos por el personal del vestíbulo antes del día en que el visitante recogerá los bienes. Esto suele tardar hasta siete días hábiles en el GEDDF.

            Se requiere que proporcione una identificación con foto al recibir la propiedad liberada. Se recomienda llamar al vestíbulo para asegurarse de que la propiedad está lista para ser recogida.

            El Centro de Detención Glenn E. Dyer: (510) 268-7777

            La ropa de corte para los reclusos sólo se aceptará en el Vestíbulo dentro de las 72 horas de un juicio por jurado, examen preliminar, o si se ha recibido una Orden Judicial. Sólo puede traer un máximo de dos conjuntos de ropa. La ropa en propiedad del recluso debe llevarse durante el intercambio. La ropa se intercambia en una base de uno por uno.

            Todos los medicamentos se proporcionan a los internos a través de los Servicios de Salud de Corizon. El personal del vestíbulo aceptará gafas recetadas, prótesis dentales y solución de lentes de contacto en paquetes sellados. Se recomienda coordinar con los Servicios de Salud de Corizon antes de dejar artículos en el vestíbulo (510) 268-7758.

            Llamadas telefónicas
            Los teléfonos de pago están disponibles para todos los reclusos diariamente. Sin embargo, los reclusos sólo pueden realizar llamadas telefónicas a cobro revertido.

            • Para eliminar los problemas asociados con las llamadas a tres bandas, el sistema telefónico en uso termina automáticamente la llamada si se intenta conectar a un tercero.
            • Si tiene llamada en espera, tenga en cuenta que el sistema telefónico en uso puede terminar su llamada si se oye el «clic» de llamada en espera. El sistema no puede diferenciar entre el «clic» de llamada en espera y el «clic» de llamada a tres bandas.
            • Los ciudadanos particulares pueden evitar las llamadas a cobro revertido haciendo que se ponga un BLOQUEO en su línea telefónica personal. Esto se puede hacer poniéndose en contacto con su compañía telefónica local.
              • Incautación de vehículos
                Si un vehículo fue incautado en el momento de la detención, tendrá que ponerse en contacto con la agencia de policía de la detención para determinar la documentación necesaria para la liberación del vehículo. A menudo es necesario presentar una carta del propietario registrado autorizando la liberación del vehículo. Los reclusos pueden liberar las llaves del vehículo, simplemente rellenando un formulario de solicitud de liberación de propiedad. Las llaves deben recogerse en el vestíbulo de la cárcel en la que el recluso está alojado. Se recomienda que llame al vestíbulo de la cárcel para asegurarse de que las llaves están listas para ser recogidas.

                **El Centro de Detención Glenn E. Dyer (510) 268-7777 **

                Visitas
                Por favor, consulte la página de visitas del Centro de Detención Glenn E. Dyer.

                Hechos del Centro de Detención Glenn E. Dyer

  1. El Centro de Detención Glenn E. Dyer Detention Facility (GEDDF) mide 234,000 pies cuadrados.
  2. 20 niveles en la parte alta de la cárcel.
  3. Hay seis pisos de alojamiento con dos niveles en cada piso, uno principal y otro de entresuelo.
  4. Debido a los requisitos de clasificación y las modificaciones de alojamiento, la capacidad máxima de alojamiento para literas dobles es de 626. La capacidad total de alojamiento es de 834.
  5. 576 celdas en las seis plantas de alojamiento. 2 celdas están en la planta del hospital.
  6. Las celdas tienen un mínimo de 80 pies cuadrados.
  7. Hay dos patios de recreo al aire libre en el nivel 18.
  8. Capacidad de sentarse en los depósitos de reserva para hombres: Aproximadamente 155.
  9. Capacidad de sentarse para reservas de mujeres Tanques de retención: Aprox. 50.
  10. Las ventanas de la cárcel son generalmente de vidrio templado y plástico lexan o Lexgard (lexan) laminado, de 9/16 de espesor. El vidrio templado resiste los arañazos y el lexan es básicamente la parte de la ventana a prueba de golpes. En el Control Central la ventana es capa sobre capa de vidrio/lexan/vidrio, etc., hasta un ancho de 1 1/2″. La ventana es a prueba de balas.
  11. Las paredes exteriores de la cárcel tienen un grosor de 12″ y están reforzadas con hormigón y acero. Las paredes exteriores soportan el peso del edificio. Las paredes que rodean la zona de recreo de la azotea exterior tienen un grosor de unas 10″ y también son de hormigón reforzado.
  12. La gunita se rocía sobre el cemento. La gunita se coloca sobre las paredes exteriores de cada celda. Entre la gunnita y el hormigón armado hay una sustancia aislante de tipo Styrofoam. Las paredes interiores de las celdas son 100% gunita.
  13. La caída desde la parte superior del edificio es de 176 pies.
  14. Cada celda tiene un detector de humo en el sistema de aire de evacuación.
  15. Hay tres tipos de detectores de humo en el edificio:
    • Detectores de humo de conducto
    • Detectores de humo de habitación
    • Detectores de ventilador de suministro
  16. Se han eliminado las moquetas de los suelos de las unidades de alojamiento y se han sustituido por linóleo.
  17. El material en las celdas de toxicidad y seguridad es un caucho cubierto y con sellado con un revestimiento de resina flexible.
  18. Los servicios médicos han sido contratados a la división médica de Corizon Health Services.
  19. Los servicios de comida son proporcionados bajo contrato por el servicio de alimentos Aramark.

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