Registraciones

Como residente de Florida, usted está obligado por ley a registrar su vehículo en el Estado de Florida.

Las registraciones de vehículos se basan en la fecha de nacimiento del propietario registrado y expiran a la medianoche de ese día. Cuando hay copropietarios, se utiliza la fecha de nacimiento del primer propietario. Los propietarios tienen ahora la opción de registrarse por 1 o 2 años a la vez. Los propietarios pueden transferir las matrículas de un vehículo desechado a un vehículo de sustitución, y las tasas no vencidas se abonan a la nueva matrícula. Las excepciones son los vehículos propiedad de una empresa y algunos vehículos alquilados, independientemente de su titularidad, que deben renovarse en el mes asignado a la entidad legal a cuyo nombre está registrado el vehículo.

Los camiones tractores, los semirremolques, los camiones de más de 5000 libras, los automóviles de alquiler con capacidad para nueve o más pasajeros y los registros de casas móviles se renuevan en diciembre. Los vehículos y los remolques de vehículos se matriculan según el peso, y las casas móviles y los remolques de viaje según la longitud. Cuando el propietario del vehículo renueve la matrícula, recibirá una calcomanía numerada para pegar en la matrícula. Si un remolque tiene un peso neto de 1.999 libras o menos, no es necesario titularlo. Para demostrar la propiedad en lugar del título se requerirá lo siguiente:

1. Cuando el vehículo es un remolque nuevo, se requiere una copia del certificado de origen del fabricante y/o una factura de venta, que muestre una cadena de propiedad completa.

2. Cuando el vehículo es un remolque usado (hecho en casa o fabricado) con un peso neto de 1.999 libras o menos, se requiere una factura de venta, que incluya una descripción completa del remolque y el número de matrícula de Florida del propietario anterior.

Los propietarios de casas móviles reciben una calcomanía de casa móvil o de propiedad real que se aplica a la ventana delantera. Nota: Si usted tiene una casa móvil de doble ancho u otro ancho múltiple, se requerirá una calcomanía separada para cada unidad componente (es decir, se requieren dos calcomanías para una doble ancho, tres calcomanías para una triple ancho, etc.). El Recaudador de Impuestos debe comprobar la prueba de seguro de Florida en todos los vehículos de motor, excepto remolques, motocicletas y casas móviles. Se impone una tasa de morosidad a quienes no registren sus vehículos a tiempo. Las renovaciones pueden ser procesadas con tres meses de anticipación al mes de vencimiento.

Verificación de Seguro para Vehículos Automotores

¿Cuáles son los Requisitos de Seguro de Florida?

A partir del 1 de octubre de 2007, todos los automovilistas de Florida deben tener al menos $10,000 en Protección contra Lesiones Personales (PIP) y al menos $10,000 en Seguro de Responsabilidad por Daños a la Propiedad (PDL). Este seguro debe ser emitido por un agente con licencia de Florida, o emitido para su entrega en Florida, y debe ser archivado electrónicamente con el Departamento de Seguridad de Carreteras y Vehículos Motorizados de Florida. Estos requisitos de seguro se aplican a todos los vehículos de motor autopropulsados con cuatro o más ruedas, y excluye los vehículos de dos ruedas, como las motocicletas, y los vehículos no motorizados, como los remolques y las casas móviles.

II. Información sobre el seguro de automóvil para los nuevos residentes de Florida

Para cumplir con los Estatutos de Florida y los requisitos de seguro, es necesario obtener un seguro de automóvil que se entregue (o se emita para su entrega) en Florida. Su agente de seguros debe tener licencia para hacer negocios en la Florida, y su póliza debe cumplir con los Estatutos de la Florida y los requisitos de seguros.

Los Estatutos de la Florida definen una Póliza de Responsabilidad Civil de Vehículos de Motor como cualquier póliza de seguro de responsabilidad civil del propietario u operador proporcionada como prueba de responsabilidad financiera, de conformidad con 324.031 Estatutos de la Florida, que es emitida por cualquier compañía de seguros autorizada para hacer negocios en este estado. La sección 627.733 también requiere que la garantía sea proporcionada por una póliza de seguro entregada o emitida para su entrega en este estado por cualquier aseguradora de responsabilidad civil de vehículos motorizados autorizada o elegible.

III. ¿Cuándo se debe proporcionar prueba de seguro?

Según lo definido en los Estatutos de la Florida, Capítulo 320.02(5)(a), la prueba de seguro se requiere en el momento de la solicitud de registro, incluyendo las solicitudes de renovación, extensiones de la fecha de vencimiento, o la primera emisión de un registro. Una transferencia de etiqueta de un vehículo actualmente registrado a un vehículo de reemplazo no requiere verificación de seguro a menos que el registro sea renovado o extendido, o el vehículo de reemplazo requiera un tipo/nivel diferente de cobertura de seguro.

IV. ¿Qué puedo usar como prueba de seguro?

  • Tarjetas de prueba de compra uniformes de la Florida emitidas por la compañía de seguros
  • Póliza de seguro
  • Carpeta temporal (hasta 30 días desde su emisión)
  • Certificado de seguro
  • Declaración jurada de seguro. Esto puede ser el formulario HSMV 83330, o un equivalente, como la declaración jurada de seguro proporcionada en el aviso de renovación.
  • Póliza de flota/garaje para negocios
  • Certificado de autoseguro
  • Para obtener información adicional, formularios seleccionados y las últimas actualizaciones, visite la Oficina de Regulación de Seguros de Florida.

    Matrícula/Licencia

    La Florida utiliza una placa metálica con una serie de caracteres alfanuméricos, o una combinación de ellos, dependiendo del tipo de vehículo. En la esquina superior derecha se coloca la calcomanía de renovación anual que denota el mes de nacimiento y el año en que expirará el registro. El nombre del condado, del Estado del Sol, o de In God We Trust (En Dios Confiamos) está grabado en la parte inferior de la placa. Las placas se conservan durante un período de diez años, y luego se emite una nueva placa. (Estatutos de la Florida 320.06)

    Cambio de dirección en su registro

    Con el fin de mantener registros precisos, y para mejorar la probabilidad de que los propietarios registrados de vehículos de motor puedan recibir un aviso de renovación de registro por correo antes de la expiración, todos los cambios de dirección deben ser reportados dentro de los 30 días. Este cambio se hará sólo en su registro, no en su documento de título. Puede utilizar las siguientes opciones:

    • En línea: Visite flhsmv.gov y haga clic en Servicios en línea. La tarifa es de $6.20.
    • Correo: Envíe su solicitud por correo a: Pinellas County Tax Collector, P.O. Box 6288, Clearwater, FL 33758-6288 con un cheque de $5.50 a nombre de Charles W. Thomas, Tax Collector.
    • En persona: Visite una de nuestras oficinas. Asegúrese de llevar una identificación. La tarifa es de 5,50 dólares.
      • Por favor, proporcione los números de sus matrículas para asegurar que se corrijan los registros correspondientes. Además, tenga en cuenta que el Recaudador de Impuestos no cobra una tarifa por el cambio de dirección en una renovación de registro. Simplemente complete la sección de cambio de dirección de su aviso de renovación.

        Renovación de su registro por correo

        Los registros y calcomanías de vehículos motorizados son renovables hasta con tres meses de anticipación. El Departamento de Seguridad de Carreteras y Vehículos Motorizados de Florida genera avisos de renovación, aproximadamente 45 a 60 días antes de su fecha de vencimiento. El Recaudador de Impuestos envía por correo avisos de renovación del registro de vehículos a todos los clientes.

        La renovación del registro es responsabilidad del propietario. Los avisos de renovación facilitan el proceso de renovación pero no son necesarios para la rematriculación. Las multas por retraso y otros cargos no se eximirán por no recibir un aviso de renovación.

        Las renovaciones de registro pueden completarse en línea o enviarse por correo a:

        Charles W. Thomas, Pinellas County Tax Collector
        P.O. Box 31152
        Tampa, FL 33631-3152

        Tarifas de registro

        Registro inicial

        La sección 320.072, de los Estatutos de la Florida, requiere que se imponga una tarifa de $225 a la solicitud inicial de registro en cierta transacción de registro de vehículos de motor. No importa si el vehículo es nuevo o usado. Básicamente, la cuota se debe en cualquier automóvil de uso privado, cualquier camión ligero, o cualquier casa rodante a menos que el vehículo que se está registrando es un reemplazo de un vehículo que ha sido eliminado en la misma categoría de vehículos.

        Tarifas

        Los impuestos de licencia anual, para la operación de un vehículo de motor como se define en 320.01, Estatutos de la Florida, se pagará en el momento de la inscripción o reinscripción. Las siguientes son tarifas de 12 meses. Si corresponde, también se cobrará una tarifa de registro inicial por primera vez de $225.00 más una tarifa de placa metálica de $28.00.

        Automóvil (Uso Privado)

        • Peso hasta 2,499 lbs. $28.10
        • Peso 2,500 hasta 3,499 lbs. $36.10
        • Peso 3,500 lbs. y más $46.10
        • Camiones ligeros

          • Peso hasta 1,999 lbs. $28.10
          • Peso 2,000 hasta 3,000 lbs. $36.10
          • Peso 3,001 hasta 5,000 lbs. $46.10
          • Información adicional, actualizaciones, formularios y una explicación detallada de las tarifas están disponibles en el Departamento de Vehículos Motorizados.

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