Se le debe dinero – Propuestas del consumidor

  • ¿Qué es una propuesta del consumidor y cómo afecta a los acreedores?
  • Proceso
  • Reuniones de acreedores
  • ¿Qué pasa si la propuesta es aceptada o rechazada?
  • Cierre de la propuesta
  • Quejas

¿Qué es una propuesta de consumo y cómo afecta a los acreedores?

¿Cómo puedo saber si una persona o empresa ha presentado una propuesta?

La forma más fácil de averiguar si una persona o una empresa ha presentado una propuesta es hacer una búsqueda en línea de los registros de quiebra e insolvencia. Los registros contienen la información básica del deudor para todas las quiebras y propuestas registradas en Canadá desde 1978.

Hay un cargo mínimo de 8 dólares por búsqueda y se puede pagar con tarjeta de crédito (VISA o MasterCard).

Las propuestas de los consumidores son ofertas realizadas por los deudores en virtud de la Ley de Quiebras e Insolvencia (BIA) para modificar sus pagos a los acreedores. Por ejemplo, los deudores pueden proponer pagar una cantidad menor cada mes durante un periodo de tiempo más largo, o pagar un porcentaje de lo que deben. Dicha propuesta debe realizarse en un plazo de cinco años.

Si usted es un acreedor no garantizado, una propuesta de consumo le impide

  • emprender o continuar acciones legales para recuperar sus deudas (como el embargo de bienes o el embargo de salarios) hasta que la propuesta sea retirada, rechazada (por los acreedores o el Tribunal) o anulada, o el administrador de insolvencia autorizado (LIT) sea dado de baja porque la propuesta no se ha cumplido en su totalidad;
  • utilizar la presentación de la propuesta por parte del deudor como motivo para rescindir o modificar cualquier acuerdo que tenga con el deudor; o
  • continuar el servicio al deudor, si es un servicio público.
    • Sin embargo, puede emprender acciones legales para recuperar ciertas deudas que no se ven afectadas por una propuesta, como las pensiones alimenticias impagadas.

      Proceso

      El procedimiento comienza cuando un deudor solicita la ayuda de un LIT. El LIT preguntará al deudor sobre su situación financiera y la causa de la insolvencia, y le asesorará sobre el tipo de propuesta que debe hacer. A continuación, el LIT presentará los documentos necesarios ante la Oficina del Superintendente de Quiebras (OSB).

      Importante

      Si usted es un acreedor involucrado en una propuesta, la LIT le enviará información así como formulario(s). Para recuperar el dinero que se le debe, debe completar y presentar una Prueba de Reclamación al LIT.

      Dentro de los 10 días de la presentación, el LIT debe enviar al OSB un informe que contenga su opinión sobre la equidad de la propuesta y la capacidad del deudor para seguir sus términos. El informe también debe incluir una lista de los activos, las deudas y los acreedores del deudor. Al mismo tiempo, la LIT debe enviar copias de la propuesta y del informe a cada acreedor, pidiéndoles que acepten o rechacen la propuesta.

      Los acreedores tienen entonces 45 días para aceptar la propuesta o rechazarla enviando una nota a la LIT o votando en contra en la junta de acreedores. (Si no responden, se considera que han aceptado la propuesta)

      Juntas de acreedores

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      • Una junta de acreedores no es obligatoria en una propuesta de consumo, pero la Oficina del Superintendente de Quiebras puede solicitarla. Los acreedores que constituyan al menos el 25 por ciento de todos los créditos probados también pueden solicitar una reunión.

        En la junta, los acreedores pueden votar para aceptar o rechazar la propuesta de consumo tal y como se presentó o como se modificó en la junta.

        También en la junta, dependiendo de los términos de la propuesta, los acreedores pueden nombrar hasta tres inspectores para que les representen ante la LIT durante la administración de la propuesta. Sus facultades se recogen en la propuesta.

        Para más información, lea el Manual de Inspectores.

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        ¿Qué ocurre si se acepta o se rechaza la propuesta?

        Si la mayoría de los acreedores vota a favor de la propuesta (cada acreedor tiene un voto por cada dólar de su crédito probado) y la propuesta es aprobada posteriormente por el Tribunal, pasa a ser vinculante para el deudor y sus acreedores. A partir de ese momento, usted tendría derecho a recibir dividendos provisionales según los términos de la propuesta.

        Si la propuesta es aceptada, la Oficina del Superintendente de Quiebras (OSB) o cualquier otra parte interesada tiene 15 días para pedir al LIT que solicite al Tribunal la revisión de la propuesta. El tribunal puede rechazar la propuesta si considera que los términos de la misma no son razonables o justos para el deudor o los acreedores. Sin embargo, si no se presenta ninguna solicitud en el plazo de 15 días, la propuesta se considera aprobada.

        El deudor deja de estar protegido si la propuesta es

        • rechazada por los acreedores o por el Tribunal; o
        • anulada por el Tribunal o considerada anulada porque el deudor no cumplió los términos de la propuesta.
          • Esto significa que, como acreedor, usted podría entonces tomar medidas legales para recuperar sus deudas.

            Cierre de la propuesta

            El cierre de una propuesta de consumo comienza cuando el LIT envía una declaración final de ingresos y desembolsos (SRD) y una hoja de dividendos a la Oficina del Superintendente de Quiebras (OSB). Si hay inspectores, una copia del acta de la reunión – en la que los inspectores aprobaron o rechazaron el SRD final de la LIT y la hoja de dividendos también debe ser enviada a la OSB.

            La OSB revisa los documentos y decide si solicita que el Tribunal revise las cuentas de la LIT.

            Si la OSB determina que se requiere una revisión, la LIT envía lo siguiente a cada acreedor:

            • un aviso de la audiencia para la revisión del Tribunal;
            • una copia del SRD final de la LIT; y
            • una copia de la hoja de dividendos que muestra los dividendos pagados, o por pagar, a los acreedores.
              • En este caso, la LIT le entregará los dividendos definitivos en un plazo de dos meses a partir de la fecha de solicitud de la revisión.

                Si no se requiere una revisión por parte del Tribunal, el LIT enviará una notificación de su descargo a cada acreedor, así como el SRD final del LIT y una copia de la hoja de dividendos. El LIT también enviará el dividendo final que se le debe al acreedor, ya sea con la notificación o dentro de los tres meses siguientes al envío de la misma.

                En cualquiera de los dos casos, un acreedor puede objetar la revisión de las cuentas del LIT y la aprobación de su gestión enviando una notificación de objeción al LIT. Una copia de la notificación de objeción también debe ser presentada ante el Tribunal (se aplica una tasa de 50 dólares) y una copia enviada a la OSB.

                El LIT se considera liberado después de que haya

                • distribuido a cada uno de los acreedores el dividendo final adeudado;
                • cerrado la cuenta bancaria utilizada para administrar la propuesta;
                • enviado un certificado de cumplimiento y de liberación considerada a la OSB; y
                • remitido a la OSB cualquier dividendo no reclamado y los fondos no distribuidos (ver más abajo).

                Dividendos no reclamados

                Si un LIT no puede entregar un dividendo (por ejemplo, si no puede localizar al acreedor legítimo cuando se distribuyen los dividendos), está obligado a remitir los dividendos no reclamados a la OSB. El dinero se mantiene en fideicomiso hasta que el acreedor se presente a reclamar.

                La base de datos de dividendos no reclamados es un listado de acreedores a los que se les deben dividendos pero que no han podido ser localizados por el LIT. Usted puede saber si le deben algún dividendo no reclamado buscando en la base de datos.

                Búsqueda de dividendos no reclamados

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                Quejas

                Si tiene una queja sobre una propuesta de consumo, póngase en contacto con nosotros.

                Fecha de modificación: 2015-03-24

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